El artículo 126 del Reglamento
de la Organización y Régimen del Notariado
dice que todos los ciudadanos podemos elegir
al notario que queramos.
La libre elección de notario es el resultado
de otra garantía básica:
la de recibir en tiempo correcto y de forma clara
la información jurídica necesaria
para poder decidir con seguridad
antes de firmar un contrato o acto jurídico.
Este documento explica:
- ¿Cómo se organizan los notarios?
- ¿Por qué puedo confiar en los notarios?
- ¿Quién nombra a los notarios?
- ¿Qué ocurre si no me permiten elegir?
- ¿En qué casos no puedo elegir notario?
- ¿Y si el notario que elijo cobra más?
Colección sobre notarios
Este documento
forma parte de una colección: