La Educación nos sirve para conocer más cosas
y también para relacionarnos con otras personas
y aprender valores como la igualdad y la diversidad.
La Educación es un derecho
reconocido en todas las declaraciones de derechos humanos.
También es un derecho de las personas con discapacidad.
Lo dice la Convención de la ONU sobre derechos
de las personas con discapacidad.
Sin embargo las personas con discapacidad intelectual
que tienen muchas necesidades de apoyo,
tienen muchos problemas para acceder a la Educación.
Sólo 6 de cada 100 tiene estudios primarios.
Y sólo 10 de cada 100 están en escuelas comunes.
Además hay mucha diferencia entre comunidades autónomas.
Plena inclusión pide que los Gobiernos aseguren
la educación inclusiva de estas personas,
y que sus padres puedan elegir su escuela
libremente y con seguridad.
Este artículo forma parte de la campaña «Todos Somos Todos».
Plena inclusión ha hecho esa campaña
para reivindicar los derechos de las personas con discapacidad
que tienen grandes necesidades de apoyo.
Y también para hacer más visibles a estas personas y sus familias.
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El derecho a la Educación es inherente a toda persona, le da forma, construye sus conocimientos básicos, pero también su identidad; la moldea como ciudadana a través de la relación con otras personas. El aula es un espacio de oportunidad para reconocer el mundo que nos rodea y vernos reflejados en él, aprender la igualdad en la diversidad, los valores individuales y sociales, el respeto por nuestros semejantes y por nuestro entorno, y la toma de conciencia de nuestra importancia como seres humanos.
Para cualquier persona, pero especialmente para aquellas que tienen alguna discapacidad, y por tanto, más posibilidades de ser discriminadas en el futuro, la educación supone una auténtica oportunidad para realizarse como personas y participar en la sociedad como miembros valiosos de la misma. Es la llave que abre las puertas de la inclusión.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos afirma que la Educación “debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental”, y también que “tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana” y que “los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos”. (artículo 26)
En la Declaración Universal de los Derechos del Niño se dice que “El niño física o mentalmente impedido o que sufra algún impedimento social debe recibir el tratamiento, la educación y el cuidado especiales que requiere su caso particular”. (Principio V) y “se le dará una educación que favorezca su cultura general y le permita, en condiciones de igualdad de oportunidades, desarrollar sus aptitudes y su juicio individual, su sentido de responsabilidad moral y social, y llegar a ser un miembro útil de la sociedad” (Principio VII)
Por último, en el artículo 24 de la Convención de la ONU sobre los derechos de las personas con discapacidad, se conmina a los Estados parte a asegurar “un .sistema de educación inclusivo a todos los niveles así como la enseñanza a lo largo de la vida”, con el fin de “desarrollar al máximo la personalidad, los talentos y la creatividad de las personas con discapacidad”.
Sin embargo en el caso de las personas con discapacidad intelectual que necesitan muchos apoyos, el ejercicio de estos derechos es aún poco más que una quimera. Según el estudio realizado por Plena inclusión e INICO, apenas el 6% de estas personas dispone de estudios primarios completos, y la escolarización ordinaria es la opción menos frecuente para ellas (sólo alcanza un 10%). Junto a estos bajos niveles de escolarización, en nuestro país existe una gran desigualdad territorial, originada por la transferencia de competencias: sólo el 35% de las comunidades (Andalucía, Asturias, Castilla-La Mancha, Murcia, La Rioja y Navarra) regulan medidas que proporcionan apoyos más allá de lo académico (lo que resulta fundamental para facilitar la inclusión de aquellas personas con discapacidades más significativas)
Por tanto, desde Plena inclusión consideramos necesario instar al Gobierno central y a los autonómicos, así como a todos y todas las responsables educativas a garantizar el derecho a la educación inclusiva como una opción real y suficiente para permitir que las madres y padres puedan decidir con libertad y seguridad, para lo cual resultará fundamental una transferencia progresiva de recursos desde los entornos de educación especial hacia los ordinarios.
Asimismo deben aplicarse en el ámbito educativo los principios de la planificación centrada en la persona, para asegurar itinerarios eficaces y adaptados a las preferencias y capacidades personales de cada alumno y alumna con discapacidad intelectual, lo que permitirá una mejor transición hacia nuevas etapas educativas o al empleo.