Presos de la injusticia

Este es un reportaje sobre
cómo están las personas con discpacidad intelectual
en las cárceles de España.

En este texto hablan personas reclusas
como Belinda Ponce
que estuvo en una cárcel
porque en su juicio
el juez no sabía
que era una persona con discapacidad.

Plena inclusión ha publicado un estudio
que denuncia una injusticia:
la mayoría de las personas
con discapacidad intelectual
que están en cárceles
fueron juzgadas
sin que tuvieran en cuenta
que tenían una discapacidad.

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Un reportaje de José L. Corretjé (Adelanto del VOCES 455)

Belinda Ponce tiene 36 años y es una mujer con una discapacidad intelectual del 41%. “Me obligaban a robar, por eso me entregué a la policía. En los juicios nunca supieron que tenía discapacidad. ¡Si ni siquiera sabía quién era mi abogada!”. Después de 30 juicios por delitos pequeños, algunos de los cuales duraban cinco minutos, ingresó en la cárcel para cumplir una condena de tres años. Plena inclusión Castilla y León le dio los apoyos que necesitaba. Ahora cuenta su experiencia para que no se vuelva a repetir. Pero la triste realidad es que se repite. Demasiadas veces.

Aunque no se les considere como tales, los casos de una gran mayoría de las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo recluidas en prisiones españolas podrían ser perfectamente adoptados por Amnistía Internacional y otras organizaciones humanitarias como ejemplos de violación de sus derechos fundamentales. De acuerdo con un informe presentado el 11 de noviembre por Plena inclusión España, en casi 7 de cada diez procedimientos examinados no se tuvo en cuenta la discapacidad durante el proceso judicial. “Esto supone que existe una alta probabilidad de que en esos procesos se vulnerasen los derechos de las personas debido a las dificultades en la comprensión y/o comunicación o a la imposibilidad de ejercitar adecuadamente el derecho de defensa”, denuncia Inés de Araoz, autora del informe ‘A cada lado’ y responsable del Área Jurídica de Plena inclusión España.

“Siento que en el caso de Belinda no actuamos bien. Es cierto que no detectamos todos los casos de discapacidad, aunque cada vez son más los que desvelamos”. Estas palabras son de Luis Ángel Ortiz, secretario general de Instituciones Penitenciarias, la máxima autoridad en España sobre prisiones. En su intervención, en el seminario en el que se dio a conocer el informe de Plena inclusión, reconoció la fiabilidad del estudio: “Los datos que cita Plena inclusión coinciden en gran medida con los que manejamos en Instituciones Penitenciarias sobre este colectivo”.

El estudio ‘A cada lado’, que cuenta con un nivel de confianza del 95%, es un exhaustivo y riguroso informe sobre la realidad de las personas con discapacidad intelectual en prisión. Este trabajo, que se realizó durante un año entrevistando a 367 personas con discapacidad intelectual que están o han estado en prisión, describe una realidad muy dura en la que tener discapacidad intelectual aumenta el grado de exclusión y desprotección de las personas reclusas.

Otra conclusión destacada en este informe es que, aunque la condena penal y la privación de libertad deberían ser el último recurso de la justicia en la aplicación de la ley a las personas con discapacidad, en el 90.2% de los procesos se impuso a estas personas una pena privativa de libertad (únicamente o en combinación con otras penas). Y solo se sustituyó o suspendió en un 3.4% de los casos. Existe un consenso internacional, que también se plasma en la Convención de Naciones Unidas sobre Derechos de las Personas con Discapacidad, que apunta a que las personas penalmente no responsables no deberían permanecer en prisión. Sin embargo, el 66.7% de las personas cumplen las medidas privativas de libertad en centros penitenciarios y el 33.3% en Hospitales Psiquiátricos Penitenciarios.

BAJO ACCESO A TRATAMIENTO

El informe de Plena inclusión desvela la existencia de un nivel muy bajo de acceso a los programas de tratamiento que no estén relacionados con la discapacidad, como son los programas contra la drogodependencia (9.63%); sobre salud mental (8.15%); alcoholismo (2.22%) o para agresores sexuales (1.85%). Y ello a pesar de que en muchas ocasiones el delito fue cometido por alguno de estos motivos. Así, en las conclusiones del estudio se recomienda continuar con la línea de trabajo iniciada por Instituciones Penitenciarias respecto al programa para agresores sexuales con el fin de adaptar dichos programas a las necesidades de las personas con discapacidad y cumplir así con la finalidad de reeducación y reinserción de la pena.

La mayor parte de las personas con discapacidad intelectual en prisión cumplen íntegramente las penas. El 66.9% de las personas participantes no ha llegado a realizar ninguna salida programada y el 55% no ha solicitado nunca un permiso. Además, únicamente un 5.7% se encuentra clasificado en el tercer grado, la forma más abierta de cumplimiento.

ALTA REINCIDENCIA

“Podríamos decir que estamos ante la crónica de una reincidencia anunciada”, confirma Inés de Araoz, y se apoya en las evidencias de los datos: la reincidencia se da en el 54.5% de los casos de las personas con discapacidad intelectual reclusas debido al fracaso del sistema y la sociedad en su conjunto (en el ámbito educativo, sanitario, social, jurídico, penitenciario, etc.). “A la situación de exclusión social, económica y educativa previa se une la falta detección de sus necesidades de apoyo una vez cometido el delito, la prácticamente asegurada condena privativa de libertad en un centro penitenciario al que es muy complejo adaptarse; el cumplimiento íntegro, encadenado y sin alivio de la condena o la falta de acceso a los programas de tratamiento o formación”, concluye la autora del estudio de Plena inclusión.

Y cuando todo termina, pasados los años, la persona vuelve a la casilla de salida, al mismo entorno en que comenzó todo, sin estar mucho más preparada que antes (sólo el 9.8% consigue empleo) y a una sociedad que la estigmatiza, rechaza y excluye. Plena inclusión cree que este no es un círculo irrompible. Por eso en su estudio sugiere más 50 propuestas de acción para poner en marcha con la colaboración de toda la sociedad y el sistema judicial y penitenciario. La generalización de la puesta en marcha de la figura de la persona facilitadora, para los procesos judiciales, es una de las principales.

En 2019 Plena inclusión atendió con su programa de personas reclusas o exreclusas a 1.771 personas prestando apoyo en procedimientos judiciales, interviniendo en el contexto penitenciario durante el cumplimiento de la pena o medida de seguridad y acompañando en los procesos de reinserción en la comunidad. La confederación trabaja desde 1987 en las prisiones y desde entonces mantiene un compromiso particular con las personas que tienen una discapacidad intelectual o del desarrollo reclusas y ex reclusas, que se convierten en las excluidas de las excluidas.

 

Este artículo es un adelanto del próximo VOCES 455, que se publicará el próximo miércoles 9 de diciembre). Si quieres recibir  gratuitamente en tu email la revista de información mensual del movimiento asociativo de Plena inclusión, regístrate aquí.

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