Plena inclusión defiende que las leyes no deben transmitir mensajes en los que se entienda que las personas con discapacidad son descartables

– El Comité de los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU ha denunciado que la Ley de Eutanasia carece de seguridad jurídica y provoca discriminación por causa de discapacidad.

– Plena inclusión argumenta que la citada norma nace con la necesidad urgente de ser enmendada y así para no provocar un efecto llamada que considere a las personas con discapacidad con grandes necesidades de apoyo, personas necesitadas de asistencia para morir.

Plena inclusión lamenta que la Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia haya incorporado supuestos habilitantes para la muerte asistida que, a juicio del Comité de Derechos de las Personas con Discapacidad de las ONU, suponen una depreciación de las personas con discapacidad y que podrían alcanzar un impacto profundamente negativo en las personas con discapacidad, con el peligro de una pérdida de vidas.

Plena inclusión, la principal confederación estatal que agrupa a asociaciones que luchan por los derechos de las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo, alerta sobre que la redacción de la esta norma comprenda términos como “padecimiento grave, crónico e imposibilitante” que generan un paralelismo muy peligroso con las situaciones que viven muchas personas con grandes necesidades de apoyo. “Esta formulación puede provocar que se profundice en el estigma social de considerar que su vida no es igual de digna, o que no merece ser vivida” afirma Santiago López, presidente de Plena inclusión España. “Este efecto no deseado de la Ley de Eutanasia puede generar un posible perfil de descarte sistemático que nos retrotrae a las épocas más oscuras de nuestra historia”, alerta López.

Otra preocupación importante se centra en que en el caso de las personas con grandes necesidades de apoyo y su toma de decisiones, la ley no prevea salvaguardas y garantías suficientes para proteger su vida o para rectificar en su caso las declaraciones de últimas voluntades. De hecho, la norma establece un certificado médico como el único elemento necesario para ejecutar una acción de irreparables consecuencias que precisa de intervención judicial para la protección de las personas y sus derechos.

Plena inclusión lamenta que el colectivo de personas con discapacidad intelectual o del desarrollo (parálisis cerebral, autismo y síndrome de Down) por sus especiales características y por la incomprensión social y ausencia de un sistema de apoyos lo suficientemente intenso, pueda correr un mayor riesgo de desprotección.

La confederación que integra a 935 asociaciones de todo el Estado se une al Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), que cuenta con el respaldo con el respaldo del Comité de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad para demandar una inmediata modificación de la Ley que elimine toda discriminación por discapacidad de la norma.

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